Balneario Solís: cárcel para sujeto por reiterados delitos de violencia doméstica y lesiones personales. El día 06 de octubre, siendo la hora 21:40, el servicio 9-1-1 fue alertado que en una finca del balneario Solis, municipio de Solís Grande, departamento de Maldonado, una mujer estaba siendo agredida por su pareja. Al lugar concurrió personal policial de Seccional 5ª, quienes entrevistan a la victima, una mujer de 35 años, la que manifiesta que se encuentra en proceso de separación de su pareja, siendo agredida físicamente por este, mientras se retiraba del domicilio con sus dos hijos menores de edad.
En el lugar se detuvo al hombre de 40 años, siendo derivado a dependencias de la Comisaria Especializada en Violencia de Género de la ciudad de Piriápolis. Enterada la Fiscal Letrada Departamental Especializada en Violencia basada en Genero, Doméstica y Sexual de 1er. Turno de San Carlos, Dra. Fiorella Marzano, dispuso varias diligencias, entre ellas constatación de las lesiones sufridas por la mujer y uno de los menores, como así también que el detenido fuera conducido a fiscalía para ser indagado.
El día 08 de octubre, después de ser indagado por la fiscal actuante, se celebró audiencia en la sede del juzgado especializado en violencia de género, doméstica, y sexual de 4to. Turno de San Carlos, donde se dispuso la condena del hombre, como autor penalmente responsable de Reiterados delitos de Violencia Doméstica Agravada, uno de ellos en concurso formal con un Delito de Lesiones Personales, a la pena de doce (12) meses de prisión, la que se cumplirá de la siguiente manera: 1) Los primeros seis (6) meses de prisión de cumplimiento efectivo, los siguientes seis (6) meses en régimen de libertad a prueba, en base a las siguientes obligaciones:
1) Fijar domicilio.
2) Someterse a la vigilancia y supervisión de la DI.NA.M.A..
3) Presentarse una vez a la semana en la Seccional policial más cercana a su domicilio.
4) Prestar dos (2) horas semanales de servicio comunitario, por tres (3) meses.
5) Prohibición de acercamiento o comunicación con la victima, durante todo el plazo de la condena.
6) Portar dispositivo electrónico (tobillera), durante el plazo de la condena.
7) Concurrir a realizar tratamiento y abordaje para la violencia en alguno de los centro de atención a varones que ejercen violencia, siendo de de su cargo los gastos generados.Así mismo y como pena accesoria, se lo condena a la reparación patrimonial a la víctima por un monto equivalente a doce (12) ingresos mensuales o en su defecto, dos (12) salarios mínimos.