Finalmente la Justicia suspendió las medidas cautelares dispuestas (un mes sin documentos de viaje) condenando al sujeto que estafó a una ONG vendiéndole contenedores que nunca entregó y a una barraca donde compró mercaderías por 5.000 dólares que hasta la fecha no pagó. Deberá cumplir 9 meses de condena: 4 con prisión efectiva y 5 bajo libertad vigilada por dos (2) delitos de apropiación indebida en reiteración real.
Informábamos días atrás sobre la Formalización de investigación con respecto al ahora condenado, teniendo como medida cautelar «fijación de domicilio y la retención de todo documento de viaje; otorgándose un documento sustitutivo, disponiéndose el cese de detención»
En el mes de octubre del año pasado la Seccional 6° recibió una denuncia que hacía referencia a una estafa en contra de una ONG ubicada en el barrio Maldonado Nuevo, donde el condenado habría vendido a la representante de la misma, 3 contenedores de 12 pies cada uno, no entregando nunca la mercadería. Cabe aclarar en este punto, en primera instancia la policía hablaba de 12 contenedores., eran 3 de 12 pies cada uno.
Por otra parte, también el año pasado, se recibió denuncia desde una barraca manifestando que el sujeto había comprado mercadería en el mencionado comercio de Maldonado por valor de 5000 dólares americanos, no abonando dicho importe hasta la fecha.
Enterada la justicia competente, dispuso su detención, coordinándose con Jefatura de Soriano, ya que el mismo se domicilia en esa jurisdicción, realizándose la detención y sometiéndolo ante la justicia que dictó las medidas cautelares citadas anteriormente.
Sin embargo, el lunes pasado, el Juez Penal de 4° turno, dictó sentencia definitiva en proceso abreviado, que quedó ejecutoriada y cuyo fallo establece: Admítese el acuerdo alcanzado por las partes en proceso abreviado y en tal mérito condénase a J.M.C.F. de 33 años de edad, como autor penalmente responsable de dos (2) delitos de apropiación indebida en reiteración real a la pena de nueve (9) meses de prisión, a cumplir cuatro (4) meses de prisión efectiva y cinco (5) meses bajo régimen de libertad vigilada consistente en residir en domicilio específico, el que no puede modificar sin conocimiento del tribunal, sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA, presentarse en la Seccional mas cercana a su domicilio una vez por semana, todo con descuento de la detención sufrida y las medidas cautelares cumplidas se dispone del cese de las medidas cautelares dispuestas.











