Un hombre de 36 años fue condenado a 18 meses de prisión, que cumplirá en régimen de libertad a prueba, por violencia doméstica agravada y lesiones personales agravadas. La sentencia establece arresto domiciliario nocturno durante cuatro meses y la prohibición de acercarse a las víctimas durante seis meses.
Según informó la Jefatura de Policía de Maldonado, la investigación comenzó en enero de 2025, cuando una mujer denunció en la Seccional Tercera de Pan de Azúcar que su hija menor de edad había regresado con indicios de lesiones leves luego de visitar a un hombre con quien mantenía un vínculo familiar.
La denunciante señaló que, tiempo atrás, también había constatado lesiones similares en otro de sus hijos, hermano de la niña, por lo que sospechaba que ambos habían sido víctimas de malos tratos por parte del denunciado.
La Fiscalía Letrada de 2.º Turno, especializada en violencia doméstica y de género, dispuso medidas de protección para los menores, entre ellas la prohibición de acercamiento del hombre.
La investigación incluyó distintas diligencias judiciales y pericias psicológicas al indagado y a las víctimas. Posteriormente, la Fiscalía solicitó la citación del hombre para una audiencia celebrada el 5 de noviembre ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia Especializado en Violencia Doméstica y de Género de San Carlos.
En esa instancia, fue condenado como autor penalmente responsable de un delito continuado de violencia doméstica agravada en reiteración real con un delito de lesiones personales agravadas, a la pena de 18 meses de prisión, que cumplirá bajo un régimen de libertad a prueba.
Entre las condiciones impuestas, deberá residir en un domicilio que permita su supervisión y permanecer sujeto a la orientación y vigilancia de la DI.NA.M.A. Durante los primeros cuatro meses tendrá arresto domiciliario nocturno, de 22:00 a 06:00.
Asimismo, se le prohibió acercarse a las víctimas y a su domicilio en un radio de 500 metros durante seis meses. Una vez finalizado el período de arresto nocturno, deberá presentarse una vez por semana en la seccional correspondiente a su domicilio durante los 14 meses restantes.
La sentencia también establece la prestación de servicios comunitarios una vez por semana, durante dos horas, por un plazo de diez meses.










