Este Plan de Regularización de adeudos comprende a los siguientes tributos: impuesto de Contribución Inmobiliaria, Impuesto General Municipal, impuesto de Alumbrado Público, tasa de Conservación de Pavimento y tasa Forestal.
Si considerados esos tributos la suma resultante es de hasta 10 mil pesos, entonces esos deudores se podrán amparar a este régimen de facilidades. Reunido este requisito señalado, los beneficiarios contarán con la posibilidad de convenir el pago de los tributos referidos más el impuesto a los Terrenos Baldíos, el impuesto a la Edificación Inapropiada y el adicional a la Videovigilancia, en caso de ser deudores de estos.
Los que deseen ampararse a las disposiciones del mencionado decreto, durante los meses de enero y febrero de 2018 tendrán que abonar el impuesto de Contribución Inmobiliaria y el resto de los tributos que se cobran conjuntamente correspondiente al ejercicio 2018.
Para conocer más detalles, consultar el archivo adjunto o concurrir a la oficina de Tributos de la IDM -ubicada en Planta Baja, Tribuna Oeste del Campus- durante los días hábiles entre las 9.15 a 14.45 horas. También se pueden evacuar dudas a través del teléfono 4222 1921 (interno 1880).
Resolución Nº 08364 2017






