Tres meses de cárcel efectiva y tres de libertad vigilada para ladrón de pizzería en Piriápolis. J.M.C.S., de 23 años de edad, fue condenado a 6 meses de prisión por ser el autor penalmente responsable de dos delitos de hurto en régimen de reiteración real, pena que deberá cumplir de la siguiente forma: tres (3) meses de prisión efectiva y tres (3) meses en la modalidad de libertad vigilada. Como informó diario La Prensa, el sujeto fue detenido por vecinos (arresto ciudadano) luego de robar la cartera que estaba sobre una mesa en la pizzería de calle Zolezzi y Defensa y meterse en una casa particular con los mismos fines.
El día 18 de los corrientes, fue solicitada la presencia policial en una Pizzeria ubicada en calle Juan B. Zolezzi de la ciudad de Piriápolis, ya que se habría cometido un hurto.
Ante lo expuesto concurrió móvil policial, donde al arribar se entrevistaron con la victima quien expresó que mediante descuido habrían ingresado sustrayendo una cartera conteniendo: documentación varia, dinero y efectos personales.
Mediante investigación realizada y registros fílmicos proporcionados, se pudo
establecer el posible autor del hecho. A posterior se recibió información de un arresto ciudadano, donde un hombre con similares características, fuera sorprendido por propietarios de varias fincas, por lo cual al arribar móvil policial al lugar, fue derivado a Dependencia Policial. Enterada Fiscalía y tras instancia judicial se dispuso lo que luce en el presente comunicado.
El día de ayer el Sr Juez Penal de 4to turno dictó sentencia en proceso abreviado, en la que dispuso: Admítase el acuerdo alcanzado por las partes en proceso abreviado y en tal mérito condenase a un hombre de iniciales J.M.C.S., de 23 años de edad, como autor penalmente responsable de dos delitos de Hurto en régimen de reiteración real., a la pena de seis (6) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida, a cumplirse en régimen mixto: tres (3) meses de prisión efectiva y tres (3) meses en la modalidad de libertad vigilada, bajo las condiciones de residir en domicilio especifico, el cual no puede modificar sin conocimiento del tribunal, permanecer bajo vigilancia y orientación de la OSLA y presentación una vez por semana a la Seccional Policial de su domicilio. Se le impone al imputado la obligación de indemnizar al Estado gastos de alimentación, vestido y alojamiento durante su reclusión.









