Piriápolis: «libertad a prueba» para dos hombres por hurto en Pueblo Obrero. El día 20 de enero, próximo a la hora 00:40, personal del grupo PADO de la zona operacional I, concurrió a una casa de Ruta 37, en Pueblo Obrero, donde se había cometido un hurto. Al arribo, se entrevistaron con el denunciante, un hombre mayor de edad, quien manifestó que entre el mediodía del día 19 y las 00:30 del día 20, ingresaron a su casa mediante rotura de una ventana trasera, hurtándole dos garrafas de 13 kgs. y varias herramientas.
En horas de la tarde del día 20 de enero, mediante averiguaciones realizadas, se concurrió a la zona de Pueblo Obrero, donde avistan a un hombre, que podría estar relacionado al hecho. Al ser identificado, resultó ser J.P.L.S. de 39 años, carente de antecedentes, el cual llevaba una carretilla, con varias de las herramientas que fueron denunciadas como hurtadas, por lo que es derivado a dependencias de Investigaciones, conjuntamente con las herramientas incautadas.
Paralelamente a esto, se tenía información que un hombre domiciliado en la calle Vilardebó de Pueblo Obrero, de iniciales J.M.P.M. de 21 años, carente de antecedentes, había comprado parte de los objetos hurtados, por lo que se precedió a su intervención e indagatoria. A posterior se enteró a la fiscal letrada de 4to. Turno, la que dispuso que ambos hombres fueran conducidos a esa fiscalía para ser indagados.
El día 21 de enero, ambos hombres fueron conducidos a la fiscalía letrada de 4to. Turno de Maldonado, donde fueron indagados por la fiscal del caso. Una vez finalizada esta instancia, se celebró audiencia en la sede del juzgado letrado de 4to. Turno, donde se dispuso la condena de J.P.L.S. y J.M.P.M. como autores penalmente responsables de un delito de Receptación Agravada y un delito de Receptación respectivamente, a la pena de seis (6) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida.
La pena será sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo, asumiendo los condenados las siguientes obligaciones:
1) Residir en el domicilio denunciado en la comparecencia.
2) Someterse a la orientación y vigilancia de la DI.NA.M.A.
3) Presentarse una vez a la semana en la seccional correspondiente a su domicilio.
4) Prestar servicio comunitario, una vez a la semana, durante dos (2) horas diarias.









