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Parlamento aprobó ley que garantiza carácter público de las playas y su libre acceso en todo el país

Por La Prensa
julio 21, 2019

Parlamento aprobó ley que garantiza carácter público de las playas y su libre acceso en todo el país. Un nuevo instrumento de política pública para el cuidado y la gestión planificada de nuestras costas se aprobó en el Parlamento los primeros días del mes de julio. Además de establecer herramientas para la protección de la franja costera, la Ley también determina la accesibilidad y uso público de las playas y costas, legislando sobre esta característica tan valorada por todos, que es parte de nuestra identidad nacional, las playas y su acceso es libre para todos por igual, informa el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

La Directriz Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Espacio Costero del Océano Atlántico y del Río de la Plata se convirtió en ley. Esta supone un salto cualitativo en la protección de nuestras costas, estimulando la coordinación y cooperación público-privada para promover un modelo de desarrollo costero sostenible, democrático y participativo.

La Ley también determina la accesibilidad y uso público de las playas y costas, legislando sobre esta característica tan valorada por todos, que es parte de nuestra identidad nacional, las playas y su acceso es libre para todos por igual. Esto fue destacado por el director Nacional de Ordenamiento Territorial José Freitas, que manifestó que “Esta es la primera norma nacional que sienta de manera explícita el carácter y acceso público a todas las playas del país”.

Particularmente, con esta ley, se da respuesta a un problema de aplicación de la protección costera, ya que establece que se podrá extender la faja de defensa de costas definida por el artículo 153 del Código de Aguas hasta el límite de los componentes vulnerables de los ecosistemas identificados en cada uno de los planes y proyectos.

Sobre esto explicó Freitas, “… la demarcación de la zona de protección costera deja de ser una franja estática y formal, con esta ley comenzará a ser definida de manera más realista en función de la características específicas de cada zona, y en relación a cada uso o proyecto propuesto.” Como ejemplo, indicó que en el caso que las dunas o cárcavas se extiende tierra adentro más allá de los 150 o 250 metros, los permisos de ocupación del suelo costero deberán respetar dichas características naturales del paisaje…”

La ley promueve el desarrollo del país en consonancia con la protección de la costa. El espacio costero constituye un recurso natural limitado y un bien común para la sociedad en su conjunto, que se encuentra sometido a abusos y presiones como son el turismo, el sector inmobiliario, la infraestructura (rutas, ramblas, estacionamientos, puertos, muelles, equipamientos comerciales y deportivos), entre otros.

Las directrices dan el marco a una gestión integrada de la costa para sus distintas escalas (regional, departamental y local) y promueven la coordinación de las instituciones públicas y la participación de los actores sociales.

Serán el paraguas para el desarrollo de todos los planes, proyectos y programas de nuevas urbanizaciones y de grandes infraestructuras y equipamientos que se implementen en ese ámbito, alcanzando así, un escenario de reglas claras de cómo actuar respecto a la costa y especialmente a sus componentes vulnerables como playas, dunas, lagunas, barras, cuencas, desembocaduras, deltas, humedales, barrancas, costas y puntas rocosas, sitios arqueológicos, entre otros, logrando en sí mayor grado de protección.

Asimismo, se busca orientar los procesos de desarrollo urbano evitando el continuo urbanizado lo largo de la costa, propone alternar los centros urbanos densos con áreas de baja intensidad de uso y con espacios naturales que permiten esa dinámica de los ecosistemas costeros.

La costa de nuestro país está en un contexto de alta vulnerabilidad respecto al cambio climático y su variabilidad a nivel global, por lo que esta política de cuidado costero contribuye a prepararnos para hacer frente a esta amenaza que impacta de manera creciente en Uruguay.

Esta ley será complementaria del conjunto de leyes vigentes que intervienen sobre la costa, en especial, la ley Nº 18.308, de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, y la ley Nº16.466, de evaluación de impacto ambiental y su reglamentación, y el Código de Aguas.

Respecto al proceso de discusión hasta su aprobación

Su elaboración incluyó diversas instancias, primero en el marco del Comité Nacional de Ordenamiento Territorial, con participación de organizaciones e instituciones públicas y privadas. Una vez en el Parlamento fueron aprobadas por el Senado.

Ya en la cámara de representantes, la Comisión de Vivienda y Territorio fue recibiendo aportes del Congreso de Intendentes y algunas intendencias costeras. A partir de estos se realizaron ajustes al texto original. Estos cambios buscan sintetizar la visión de los gobiernos subnacionales respecto a articular lineamientos nacionales sin vulnerar las competencias departamentales y algunos ajustes que actualizan definiciones y afinan el alcance de la Ley.

Ahora tras su aprobación se espera una rápida reglamentación y puesta en vigencia de la norma.

Fuente MVOTMA

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