Mensaje del ministro de Ambiente, Edgardo Ortuño, sobre temporada de caza en Semana de Turismo Se aproxima la Semana de Turismo y el Ministerio de Ambiente (MA) te invita a conectar con la naturaleza de manera responsable, cuidando la flora, la fauna y los espacios naturales de los que sos parte. A su vez, una de las actividades que toman relevancia en este período es la caza, una práctica que en Uruguay está regulada por normativa, con restricciones y sanciones en caso de incumplimiento.
Nuestro país ofrece una gran variedad de opciones para disfrutar de tu tiempo libre. Además de sus costas oceánicas, de ríos y arroyos hay una diversidad de paisajes y espacios naturales que te permiten descansar en praderas, quebradas, bosques y Humedales. Para conservar estos espacios, desde el MA promovemos una visita responsable y comprometida con el cuidado de la naturaleza y en particular de la flora nativa y la
Fauna silvestre.
Esto implica minimizar los impactos de nuestra presencia en los espacios naturales, sin dejar de disfrutar de tus vacaciones pero de manera responsable y en armonía con el ambiente. En definitiva, se trata de vivir experiencias de conexión con lo que nos rodea, basadas en la conservación de la biodiversidad y sus valores culturales, y un compromiso de todos que contribuya a la conservación y el desarrollo de los emprendimientos locales.
Las áreas protegidas (AP) son sitios preparados para vivir estas experiencias. Ellas brindan amplias posibilidades de disfrute a través de sus paisajes, aromas, colores y sonidos; además de poder apreciar nuestro patrimonio natural y cultural a través de quienes viven allí compartiendo sus historias, costumbres y anécdotas.
¿Qué pasa con la caza en esta Semana de Turismo?
En Semana de Turismo la caza deportiva queda prohibida para la perdiz, patos, carpincho, mulita, tatú, o cualquier otra fauna silvestre sea nativa o exótica.
Con el permiso de la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (Dinabise) del MA se permite la caza de: ciervo axis (Axis axis); paloma de alas manchadas (Columba maculosa); paloma grande de monte (Columba picazuro); torcaza (Zenaida auriculata) y; liebre (Lepus europaeus), esta última a partir del 15 de abril.
También están habilitadas las denominadas especies de “caza libre” que son: jabalí (Sus scrofa); cotorra (Myiopsitta monachus) y; garibaldino (Chrysomus ruficapillus). “Caza libre” refiere a que la práctica se permite todo el año, sin tramitación de permiso y sin límite de ejemplares. Sin embargo, existen restricciones de carácter general a ser tenidas en cuenta por aquellas personas que quieren realizarla, debiéndose respetar las normas de alcance nacional y departamental (asociadas a permisos, distancias, nocturnidad, etc.).
Las restricciones tienen que ver, entre otros aspectos, con la distancia mínima de centros poblados o escuelas rurales y no se puede cazar desde los vehículos con arma de fuego dentro de un radio de 3 km. de centros poblados, escuelas rurales y caminos públicos; o sin consentimiento del propietario u ocupante del predio rural, así como las demás limitaciones y condiciones previstas en la normativa vigente. Las multas por no cumplir con la normativa de fauna van de 10 a 2.000 unidades
reajustables dependiendo del tipo de especies involucradas y las infracciones constatadas (cantidad de ejemplares, forma de caza, lugar, caza nocturna, sin permiso del propietario del campo, etc.). Los elementos utilizados para la caza y los vehículos podrán ser incautados.
Desde el Ministerio de Ambiente, a través de Dinabise, se articula y comparte información de procedimientos y normativa con todas la Jefaturas de Policía









