Condenaron a dos hombres que venían de Canelones a robar a Piriápolis. El Juez Penal de turno dispuso la condena de Martín Andrés CORREA, de 23 años de edad, poseedor de antecedentes penales, como autor penalmente responsable de un delito de receptación, a la pena de seis meses (6) meses de prisión efectiva, y la condena de un hombre de iniciales a C.A.I.F. de 34 años de edad, como autor penalmente responsable de un delito de receptación, a la pena de seis meses (6) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida a cumplirse bajo el régimen de libertad vigilada,siendo los primeros cuatro (4) meses con arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 07:00.
Fuentes del caso informaron a diario La Prensa que ambos imputados, vinieron a Piriápolis procedentes de Solymar Norte, departamento de Canelones, con fines delictivos. Los días 13 y 16 de abril, los sujetos fueron interceptados por la Policía, llevando objetos de dudosa procedencia, pero al no haber denuncia se fueron en libertad las dos veces. Finalmente, uno de los damnificados radicó la denuncia policial por hurto, procediendo la policía a detenerlos y llevarlos ante la Justicia competente.
Uno de los hurtos, se reportó en la tarde del 13 de abril, cuando los delincuentes robaron una finca ubicada en calle Lázaro Gadea de la ciudad de Piriápolis. Tres días después, el 16 de abril, fueron vistos transitando en la vía pública con prendas de vestir hurtadas. Una vez que fue radicada la denuncia, se procedió a su detención.
Puestos a disposición de la Justicia, se dictaminó la siguiente sentencia:
El Juez Penal de turno dispuso la condena de Martín Andrés CORREA, de 23 años de edad, poseedor de antecedentes penales, como autor penalmente responsable de un delito de receptación, a la pena de seis meses (6) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida. Se le impone al imputado la obligación de indemnizar al estado los gastos de alimentación, vestido y alojamiento durante su reclusión de conformidad a los artículos 104 a 106 del código penal y 249 del código del proceso penal y la condena de un hombre de iniciales a C.A.I.F. de 34 años de edad, como autor penalmente responsable de un delito de receptación, a la pena de seis meses (6) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida a cumplirse bajo el régimen de libertad vigilada con las siguientes condiciones: residir en un domicilio específico; someterse al plan de intervención de la O.S.L.A.; la presentación una vez por semana en la Seccional policial de su domicilio y los primeros cuatro (4) meses arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 07:00 horas.







