Un trabajo en conjunto llevado adelante por los Distritos Operacionales de la Zona Oeste de Maldonado y Las Piedras de Canelones, permitió la ubicación, detención y procesamiento de un muy buscado delincuente responsable de decenas de hurtos en fincas de los balnearios Bella Vista, Solís y Las Flores, entre otras localidades de la zona. En el procedimiento se incautaron numerosos efectos productos de los innumerables robos perpetrados por el sujeto de nombre WILSON DANIEL BARRIOS PEREIRA, de 37 años de edad, que fue enviado a la cárcel como co-autor, por lo que queda claro que no actuaba solo.
Barrios Pereira fue intervenido tras un trabajo en conjunto de efectivos del Distrito Operacional I de Maldonado y efectivos del Distrito Operacional I de Las Piedras, Canelones.
Desde el pasado 3 de agosto y hasta el 08 de setiembre, se registraron varios hurtos en fincas en ambas jurisdicciones, tanto en el departamento canario como en los balnearios de Solís Grande donde fueron hurtados efectos de toda índole como herramientas eléctricas, heladeras, microondas, bebidas, cubiertos, colchones, una camioneta marca Fiorino, un auto Chevrolet Celta, celulares varios, entre otros efectos.
Recordamos que eran permanentes los reclamos de los vecinos, principalmente del balneario Bella Vista, a semanario La Prensa, exigiendo mas seguridad ante una ola de hurtos sin precedentes en la zona.
El Jefe del Distrito Operacional Uno de la Zona Oeste de Maldoado, Com/Mayor Daniel Mazzul, había manifestado en distintas ocasiones a semanario La Prensa, sus firmes sospechas que delincuentes del departamento canario estarían llegando a nuestra zona para delinquir y sobre esa presunción se estaba trabajando. Incluso, se manejaba que los delincuentes venían en dos vehículos y volvían en uno, ya que en un par de ocasiones se hallaron autos abandonados denunciados por hurto.
El tiempo dio la razón a Mazzul. Mediante la investigación realizada en conjunto por las unidades policiales, Distritos Uno de Zona Oeste y Las Piedras, se logró establecer que en una finca ubicada en Ruta 33, barrio Los Solares, Canelones, habían efectos de hurto, ante lo cuál se procedió a solicitar orden de allanamiento a la Magistrada de Primer turno de la localidad de Toledo.
De dicho operativo surgió la detención de BARRIOS PEREIRA propietario de la finca y la incautación de los efectos que se enumeran a continuación, entre otros:
1 auto marca Chevrolet Celta
1 maquina de cortar pasto
3 motosierras
1 sierra circular
8 amoladora
6 taladro
3 DVD
4 televisores
1 cargador de baterías
2 microondas
2 linterna
1 juego mono comando
1 luz led
1 par de championes
1 amplificador de parlantes
1 juego de batería
1 aspiradora
1 hidrolavadora
1 cafetera
2 ventiladores
1 licuadora
1 lavarropas,
1 cocina
1 heladera
1 balanza digital
1 anafe
1 afiladora
1 hacha
2 rollos manguera
1 equipo de música
1 nivel óptico con trípode
Varios de los propietarios victimas de este delincuente, ya reconocieron gran cantidad de los efectos mencionados anteriormente como los que oportunamente les fueron sustraídos al ser violentada sus fincas.
Una vez realizadas las actuaciones del caso, el detenido compareció ante el Magistrado Penal de 2do turno de Maldonado, quien dispuso el procesamiento con prisión de Wilson Daniel BARRIOS PEREIRA, poseedor de antecedentes penales, de 37 años de edad, imputado de la presunta comisión de reiterados delitos de hurto especialmente agravados, en calidad de co-autor.

Cuatro condenados por incumplimiento
a la Ley de Faltas
La Magistrada de Paz Departamental de 3er turno, dispuso la condena de cuatro uruguayos por incumplimiento a la Ley Nº 19,120 de Faltas:
– E.S.R.C. a prestar servicio comunitario por el término de 8 días, en calidad de autor responsable por la falta prevista en el Art. Nº 365 inciso 3 (Conducción de vehículo motorizado en grave estado de embriaguez).
– A.M. a prestar servicio comunitario por el término de 7 días, en calidad de autor responsable por la falta prevista en el Art. Nº 365 inciso 2 (Conducción de vehículo motorizado sin la autorización correspondiente).
– C.J.S.C. a prestar servicio comunitario por el término de 7 días, en calidad de autor responsable por la falta prevista en el Art. Nº 365 inciso 2 (Conducción de vehículo motorizado sin la autorización correspondiente).
– D.S.R.S. a prestar servicio comunitario por el término de 7 días, en calidad de autor responsable por la falta prevista en el Art. Nº 365 inciso 2 (Conducción de vehículo motorizado sin la autorización correspondiente).-







