El 29 de junio de 2025, el Departamento de Estafas de Zona Operacional V recibió la denuncia de una mujer que manifestó haber sido víctima de una maniobra fraudulenta perpetrada por varios hombres.
La denunciante había publicado la venta de un vehículo en una red social y fue contactada por supuestos interesados a través de WhatsApp. Mediante engaños, los individuos la convencieron que habían transferido una suma mayor a la acordada, solicitándole giros de dinero para “regularizar” la situación. Bajo esta modalidad también involucraron a su hijo, a quien persuadieron para que solicitara préstamos y depositara el dinero en una cuenta indicada por los autores.
Con la denuncia, la Policía inició una investigación que permitió reunir pruebas e identificar a los responsables. El 5 de marzo de 2026, por orden de la Fiscalía de 3er Turno, se realizaron allanamientos en Montevideo, logrando la detención de F.G.M.R. (26 años), F.G.C.P. (47), E.A.N.R. (20), G.M.S.D. (29) y un joven de 19 años, todos sin antecedentes penales.
El 6 de marzo de 2026, tras la audiencia en el Juzgado de 11º Turno, se dispusieron las siguientes condenas:
- F.G.M.R. condenado como coautor penalmente responsable de un delito de estafa a la pena de 9 meses de prisión
- F.G.C.P condenado como coautor penalmente responsable de dos delitos de estafas en régimen de reiteracion en realidad entre si, a la pena de 18 meses de prisión, a la que se cumplirá de la siguiente manera:
1) cuatro meses de prisión efectiva y los meses restantes serán sustituidos por un régimen de libertad a prueba por igual plazo asumiendo el condenado las siguientes obligaciones:
2) Residir en el domicilio denunciado en la comparecencia.
3) someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA
4) Presentación de servicio comunitario, dos horas diarias por un plazo máximo de 10 meses. - E.A.N.R y G.M.S.D condenados como coautores personalmente responsables de un delito de estafa a la pena de 14 meses de prisión la que de acuerdo a lo dispuesto por el art 295bis del código proceso penal será sustituida por un régimen de la libertad a prueba por igual plazo, asumiendo los condenados las siguientes obligaciones:
7 primeros meses de arresto domiciliario total y los 7 meses restantes:
1) Residir en el domicilio denunciado en la comparecencia
2) someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA
3) Presentación una vez por semana a la seccional policial correspondiente a su domicilio.
4) Presentación de servicio comunitario una vez por semana, dos horas diarias por el plazo máximo legal de 10 meses. - En tanto el hombre de 19 años se dispuso el cese de su detención.
Las actuaciones continúan bajo la órbita de la Fiscalía y la Seccional 7ª de Maldonado.








