La Justicia dispuso colocación de tobillera electrónica para un sujeto de iniciales C.A.P.N., de 26 años de edad, que no respetó las medidas cautelares de prohibición de acercamiento a su expareja, llegando al domicilio de la víctima en actitud agresiva e ingresando a la finca por la fuerza..
La medida fue impuesta por la Justicia competente, tras varias intervenciones del ahora imputado y su expareja, realizadas en la Unidad de Violencia Doméstica y de Género -UEVDG – de Piriápolis.
En dichas instancias fueron dispuestas por las autoridades judiciales medidas cautelares de prohibición de acercamiento para C.A.P.N., hacia la victima, que no fueron respetadas ya que el victimario se presentaba en el domicilio de su expareja en actitud
agresiva ingresando a la finca por la fuerza.
Tras su detención fue conducido a la Sede judicial donde el Magistrado Penal de 4º Turno dispuso la condena del sujeto .como autor penalmente responsable de un delito de desacato por incumplimiento de medida cautelar en reiteración real con un delito de violación de domicilio agravado, a la pena de seis (6) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida, la que será cumplida en régimen de libertad vigilada intensiva, debiendo cumplir la obligación de residir en un domicilio específico, la prohibición de acercamiento y/o comunicación, todas las prohibiciones por el término de 180 días y la imposición para el contralor de las prohibiciones colocación de dispositivo electrónico tipo tobillera.
Foto portada semanario La Prensa
Foto inferior presidencia.gub.uy












