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Departamental

Intendencia informa sobre el protocolo para la realización de eventos

Por La Prensa
23 de diciembre de 2025
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La IDM reitera que quienes deseen llevar a cabo cualquier tipo de evento, con apoyo de la Administración, deberán presentar la solicitud ante la propia Intendencia de Maldonado, además de cumplir con determinados requisitos establecidos en la Resolución Nº 07800/2025.

En primer lugar, el Departamento de Gestión Ambiental informa que el trámite se inicia en la oficina de Administración Documental -ubicada en Planta Baja A del Edificio Comunal- o en el Municipio que corresponda que será en el que se efectuará el evento; en ambos casos se le podrá requerir al gestionante documentación o información adicional.

Se aclara que deberán presentarse con no menos de 15 días hábiles previos a la fecha de la actividad y que se tendrá que entregar toda la documentación correspondiente con un plazo no menor a cinco días hábiles a la fecha del evento.

El expediente que se forma a raíz de la solicitud de un evento recorrerá diversas direcciones o departamentos y cada uno opinará sobre su viabilidad o no, por lo cual las opiniones formarán parte del trámite administrativo que se realice.

Las direcciones o departamentos actuantes tendrán un plazo de 48 horas, como máximo, para informar el expediente y definir si pueden dar respuesta a la solicitud, de quien desea desarrollar un evento, y avanzar en las coordinaciones a estos efectos.

Si antes de la actividad el Departamento de Gestión Ambiental o el Municipio correspondiente no se expidiera respecto a la aprobación o no de la solicitud, se tendrá por rechazada fictamente la gestión.

Tanto esa Área de la IDM como los municipios serán los encargados de dictar resolución con la autorización del evento. Hasta que no exista esa autorización, los solicitantes no podrán dar difusión pública del evento, así como tampoco iniciar obras para acondicionar el lugar a efectuarse. De comenzar obras sin previa habilitación, será considerada irregular y la IDM quedará facultada a disponer su detención inmediata. Se establece un registro único de multas por ruidos molestos y eventos no habilitados que funcionará bajo la órbita de la Dirección de Higiene y Bromatología.

En cuanto a los requisitos, son los que se mencionan a continuación:

  • Certificado Notarial de propiedad del inmueble o contrato con autorización expresa del propietario para desarrollar la actividad solicitada.
  • Descripción del evento, cronograma (fases de ingreso y salida de público) y aforo.
  • Plan de acondicionamiento y limpieza exterior.
  • Carné de salud y carné de manipulación de alimentos del personal previsto para los servicios de catering y expedición de bebidas.
  • Notas de las empresas que se encargarán de los servicios: suministro de baños químicos (en cantidad suficiente para la actividad), seguridad y primeros auxilios.
  • Constancia de coordinación con el Departamento de Movilidad de la IDM de las soluciones en materia de ordenamiento del tránsito y estacionamientos.
  • En caso de corresponder, deberá presentarse constancia de coordinación con Policía Nacional de Tránsito.
  • Presentar Habilitación Final de la Dirección Nacional de Bomberos.
  • Constancia de inicio de trámite de permiso de la Jefatura de Policía de Maldonado, debiendo presentar autorización definitiva previamente a realizarse la actividad.
  • En caso de corresponder, se tendrá que tramitar y presentar permiso del Ministerio de Ambiente específico para la actividad solicitada.

Se adjunta la resolución. 

Resolucion 07800.2025 – fiestasDescarga

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